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OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS
Ya es Ley el proyecto del diputado Cravero
De acuerdo a lo publicado por el Boletín Oficial el pasado 2 de marzo del presente año, el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación de la ley nº 13.802 con el decreto 131/09 que establece la creación de un subsidio por parte del Instituto de Previsión Social que reconoce la vocación de servicios a los Bomberos Voluntarios Bonaerenses.
Hasta hoy estos servidores públicos se encontraban esperando la reglamentación que fue solicitada por el Diputado provincial por la Coalición Cívica, Jorge Jesús Cravero, y que otorga respuesta a 2 mil trabajadores de instituciones bomberiles que se manifestaron frente a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires por la pronta aplicación de ley aprobada a fines del año 2007.
El beneficio de esta ley alcanza a bomberos voluntarios que hayan prestado servicios durante 25 años en forma continua o alternada, aquellos que acrediten 20 de servicios y alcancen los 60 años de edad en forma continua o alternad, y quienes se hayan incapacitado en forma total y permanente y/o fallecido en ejercicio de funciones; considerando por último que los interesados deberán dar constancia ante el Ministerio de Seguridad de la mitad más uno de los años de servicios en Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires, pero reconociendo las funciones prestadas en otras provincias. Cabe aclarar también que el otorgamiento de dicho subsidio no implica la renuncia o baja de la institución.
El monto acordado será equivalente al haber de un Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y será liquidado en forma mensual y vitalicio.
La aplicación de esta ley reconoce “el esfuerzo y dedicación a la generosa labor de estos hombres, con la consabida estima y consideración por parte de los ciudadanos bonaerenses”, tal como sostiene en sus argumentos.
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