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CONCEJO DELIBERANTE
Rivas pide una nueva Ordenanza de concesión de alumbrado público
Lo hizo a través de una minuta presentada y aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante, en la que le reitera al Departamento Ejecutivo, la solicitud de elaboración de una ordenanza de Contrato de Concesión con las Cooperativas Eléctricas del partido.
“No sabemos en qué condiciones está prestando el servicio, si la Cooperativa Eléctrica se está beneficiando o si se está perjudicando con lo que está cobrando de alumbrado público. Por eso, la necesidad del seguimiento, que tendría que hacer la municipalidad con sus representantes en el marco de una nueva Ordenanza de concesión de alumbrado público que debiera dictarse”.
El concejal Alberto Rivas expresó que “existía un contrato de concesión de alumbrado público y de alumbrado domiciliario reglamentado por la Ordenanza 799/91, por eso se estableció que correspondía a las Cooperativas Eléctricas la prestación del servicio y cobro directo a los usuarios del costo del servicio de alumbrado público de acuerdo a determinadas pautas, es decir, todos aquellos inmuebles que tenían medidor de la cooperativa. Con motivo del dictado de la ley 11769 del marco regulatorio eléctrico provincial y el decreto reglamentario 1208/97, se modifica la Ordenanza 799 al firmarse un nuevo contrato de concesión por la prestación del servicio eléctrico a través de la Cooperativa Eléctrica. En aquella oportunidad, presentamos un pedido de informe y el DE contestó que dicha ley había suplido totalmente a la Ordenanza 799. Nosotros hicimos hincapié y lo seguimos haciendo de que la ley del marco regulatorio lo único que hizo fue modificar la Ordenanza 799, dejarla fuera de vigencia, exclusivamente de lo que se trata del alumbrado domiciliario, no así del alumbrado público porque una ley provincial no podrían bajo ningún punto de vista estar reglamentando una relación jurídica de la municipalidad de Bolívar con la Cooperativa Eléctrica de Bolívar.
La Ordenanza 799 en la parte que corresponde al alumbrado público tuvo una duración de diez años, con posterioridad se extendió por cinco años más y a partir del año 2006 prácticamente la Cooperativa Eléctrica no estaría obligada de acuerdo a los términos de ese contrato al cumplimiento y por otro lado, no se estarían observando disposiciones, que es irrenunciable de un control de un servicio concesionado”.
El edil dijo que “es necesario la presencia de representantes municipales en el Consejo de Administración de la Cooperativa, que no existen; pero evidentemente el DE debería tener porque así lo establece la Ordenanza respectiva. Esos representantes son los que tienen que estar vigilando el cumplimiento de cierto tipo de condiciones.
Por otro lado, se nos está planteando ante los posibles aumentos que están viniendo en las tarifas de alumbrado eléctrico, una diferencia bastante importante, ya no solamente la diferencia de una distinta base de imposición según que el contribuyente pague su tasa de alumbrado público a la Cooperativa Eléctrica o que o que pague su tasa de alumbrado a la municipalidad. Hay una diferencia bastante importante en cuanto al monto y que lógicamente eso debiera verse y tener otro tipo de soluciones.
Sé, porque así lo he conversado con aquellos integrantes del bloque oficialista, que están en el tema pero el tiempo ha pasado y creo que es bastante imprescindible, es decir, no sabemos en qué condiciones está prestando el servicio, si la Cooperativa Eléctrica se está beneficiando o si se está perjudicando con lo que está cobrando de alumbrado público. Por eso, la necesidad del seguimiento, que tendría que hacer la municipalidad con sus representantes en el marco de una nueva Ordenanza de concesión de alumbrado público que debiera dictarse”.
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